Neuroderechos Humanos

7

“Hackear un cerebro biológico ensamblado con tecnologías de silicio y software es una posibilidad nada remota”

"El dominio mental: la geopolítica de la mente"
Pedro Baños

Proteger el cerebro

Hacia una necesaria regulación jurídica

Los Neuroderechos Humanos (ND) se pueden definir como un nuevo marco jurídico internacional de derechos humanos destinados específicamente a proteger el cerebro y su actividad a medida que se produzcan avances en neurotecnología.

El concepto ha sido desarrollado por la Plataforma NeuroRights liderada por la Universidad de Columbia de Nueva York e impulsada por la comunidad internacional de neurocientíficos/as. Se entiende por neurotecnología cualquier tecnología que registre información procedente de la actividad cerebral o interfiera con ella. Que combinada con la inteligencia artificial (IA), tiene el potencial de alterar la sociedad de manera fundamental.

Dejando constancia de que dichos avances pueden suponer grandes beneficios para diferentes colectivos como las personas en situación de discapacidad o con dificultades neuropsicológicas.

Las interfaces cerebro-computadoras (BCI) son sistemas que decodifican la actividad neuronal de la persona usuaria como señales eléctricas o campos magnéticos, con la finalidad de controlar dispositivos como p.e: prótesis o sillas de ruedas, que permiten fortalecer la autonomía a estas personas (Alonso, Arreola y Argüello, 2019).

Los 5neuroderechos humanos

Derecho

Libre albedrío

Garantizar que las personas tomen decisiones libremente, con autonomía y voluntad, y sin sufrir la manipulación por parte de las neurotecnologías.

Derecho

Privacidad mental

Busca evitar que cualquier dato obtenido del análisis y medición de la actividad neuronal sea utilizado sin el consentimiento del individuo. Además, exige la regulación estricta de cualquier transacción u otro tipo de uso comercial de estos datos.

Derecho

Contra algoritmos

Garantizar que los conocimientos de la neurociencia no establezcan discriminaciones y distinciones por cultura, color, sexo, idioma, religión, opinión, origen nacional o social, posición económica, nacimiento o cualquier otra condición.

Derecho

Acceso equitativo

Trata de determinar pautas y directrices que delimiten y regulen el desarrollo y aplicación de las neurotecnologías que tengan por objetivo mejorar la actividad cerebral. Se trata de garantizar que este aumento cognitivo sea accesible a todas las personas equitativamente y que no quede reservado a un sector “privilegiado” de la sociedad.

Derecho

Identidad personal

Insta a imponer límites que prohíban a las tecnologías alterar el sentido del Yo. Es decir, es el derecho del individuo a mantener su autonomía personal,

porque cuando la neurotecnología conecta a las personas con redes digitales, existe riesgo de difuminar la línea entre la conciencia de una persona y los dispositivos/aportes tecnológicos externos.

Documentación:

Adjunto diferentes recursos deseando que puedan ser de tu interés.  Añadiré más recursos que se recogerán de forma actualizada en el apartado de blog.

Informe:

Este es un tema que desarrollo conjuntamente con la organización Mundu Berriak, que trabajan en el ámbito de los Derechos Humanos.

Cuadernos investigación:

Vídeo:

¿Quieres realizar una consulta?de psicoterapia, sexoterapia o neuropsicología

Shape-bl
ARTÍCULOS RELACIONADOS

Neuroderechos